jueves, 5 de febrero de 2015

SEIINAC A.C.


RED TDT


ALGUNAS DE ESTAS ORGANIZACIONES SON:

  • La red nacional de organismos civiles de derechos humanos “todos los derechos para todas y todos” (RED TDT) surgió hace 20 años como un espacio de coordinación y enlace entre las organizaciones de derechos humanos del país. Hoy en día se integra por más de 70 grupos.
  •  Servicios de inclusión integral A.C. (SEIINAC) se encarga de la educación, promoción y defensa de los derechos humanos. 

¿DE QUE SE ENCARGAN LAS ORGANIZACIONES QUE PROMUEVEN Y DEFIENDEN LOS DERECHOS?

Las personas de las organizaciones  defensoras de derechos humanos son quienes en lo individual  o colectivo actúan a favor de los derechos y libertades fundamentales de cualquier persona o comunidad. Promueven y defienden los derechos a través  de actividades de difusión, de educación o defensa legal.

Acompañan a las víctimas de violaciones a derechos humanos, denuncian públicamente la injusticia social y la impunidad, entre otras actividades trabajan por el bien común de todas y todos, convirtiendo la indignación y el coraje en acciones.

LOS PROGRAMAS DE LA CNDH SON.....

  • Dirección general de atención a la discapacidad.
  • Asuntos de la niñez y la familia.
  • Asuntos de la mujer y de igualdad entre mujeres y hombres.
  • Atención a víctimas.
  • VIH/SIDA y derechos humanos.
  • Contra la trata de personas.
  • Agravio a periodistas y defensores civiles.

LA CNDH


¿QUE ES LA CNDH?

La comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) es un organismo público de Estado Mexicano, dotado de plena autonomía, cuya función primordial es la defensa y promoción de los Derechos Humano en todo el territorio nacional constituyendo el Ombudsperson nacional.
Su objetivo esencial es la protección, la observancia, la promoción, el estudio y la divulgación de los derechos esenciales previstos en el orden jurídico mexicano.

Existen 32 comisiones locales de Derechos Humanos, una por cada entidad federativa del país; todas integran el sistema nacional no jurisdiccional de protección de los derechos humanos.

LOS 30 ARTICULOS DE LOS DERECHOS HUMANOS


¿CUALES SON LOS DERECHOS HUMANOS?

TE PRESENTO LOS 30 DERECHOS QUE TIENE CADA INDIVIDUO.

1.- Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

2.- Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.

3.- Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

4.- Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.

5.- Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

6.- Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.

7.- Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley.
8.- Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.

9.- Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.

10.- Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.

11.- Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.
12.- Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.

13.- Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.

14.- Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.

15.- En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.

16.- Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.

17.- Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.

18.- Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.

19.- Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.

20.- Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.

21.- Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.

22.- Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.

23.- Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.

24.- Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.

25.- Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.

26.- Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.

27.- Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.

28.- Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.

29.- Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.

30.- Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.



LAS 4 FUNCIONES PRINCIPALES QUE TIENE LA DEFENSA Y PROTECCION DE LOS DERECHOS HUMANOS

  • Contribuir al desarrollo integral de la persona.
  • Delimitar, para todas las personas, una esfera de autonomía, protegidas contra los abusos de autoridades, servidores públicos y particulares.


  • Establecer límites a las actuaciones de todos los servidores públicos, sin importar su nivel jerárquico o institución gubernamental, con el fin de prevenir los abusos del poder, la negligencia, o el simple desconocimiento de la función.
  • Crear canales y mecanismos de participación que faciliten a todas las personas tomas parte activa del manejo de los asuntos públicos y en la adopción de las decisiones comunitarias.

DOCUMENTAL SOBRE LOS DERECHOS HUMANOS


¿QUE SON LOS DERECHOS HUMANOS?

Son los derechos que tienen todas las personas por el solo hecho de serlo, y cuyo respeto y protección resulta indispensable para el desarrollo de todos los individuos que vivan en una sociedad en la que existan leyes que deban respetarse.
Estos derechos están reconocidos en nuestra constitución política, en los tratados nacionales que ha firmado México y en las leyes.